A partir de septiembre de este año 2002 los vehículos nuevos que ingresen al parque de transporte colectivo tendrán que cumplir con los estándares más estrictos fijados por las normas internaciones EPA98 y EURO 3. Con esto, se busca reducir los niveles de contaminación del parque de buses hasta lograr el pleno cumplimiento de la meta de reducción de emisiones definida en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana (PPDA).
El Decreto establece nuevos límites de emisión para monóxido de carbono, hidrocarburos totales, hidrocarburos no metánicos, metano, óxidos de nitrógeno y material particulado para buses.
El texto referido fue tramitado de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de las Normas de Emisión (D.S.Nº93/95 de MINSEGPRES) y forma parte del Tercer Programa Priorizado de Normas de la CONAMA, siendo elaborado por esta institución en coordinación con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Esta norma reemplaza a las EPA 94 Y EURO 2, vigentes desde 1996, e implican un 30% menos de emisiones que un EPA 94 para material particulado (PM) y óxidos de nitrógeno (NOx), transformándose en un claro beneficio en lo que a descontaminación del aire se trata.
El Decreto consta de cinco Títulos que establecen los límites de emisión para Monóxido de Carbono (CO), Hidrocarburos Totales (HT), Hidrocarburos no Metánicos (HCNM), Metano (CH4), Oxidos de Nitrógeno (NOx) y Material Particulado (PM) para motores de buses de locomoción colectiva que se destinen a la prestación de servicios de locomoción colectiva urbana en Santiago.
Con esto, se busca reducir los niveles de contaminación del parque de buses hasta lograr el pleno cumplimiento de la meta de reducción de emisiones definida en el PPDA.
En el texto se establece los máximos de emisión para los contaminantes normados de motores diesel, a gas y a gasolina. También se indican las formas en que se realizarán las mediciones y la fiscalización de la norma.
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