La Constitución Política del Perú (1993) establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y así mismo a la preservación del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente. Es obligación del Estado mantener la calidad de vida de las personas a un nivel compatible con la dignidad humana. Le corresponde prevenir y controlar la contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro o depredación de los recursos naturales que puede interferir en el normal desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad. Las personas están obligadas a contribuir y colaborar inexcusablemente con estos propósitos.
En el marco de una política de estímulo a la inversión, en el año 1991 el Decreto Legislativo 757 para el Crecimiento de la Inversión Privada, sectoriza la gestión ambiental en los Ministerios, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los gobiernos regionales y locales conforme a lo dispuesto en la Constitución y en la Ley Orgánica de Municipalidades. Generando la creación de Unidades Ambientales Sectoriales.
De acuerdo a la cumbre de las Américas se expidió la Resolución Suprema N° 057-97-MTC, a través del cual se constituye la Comisión Multisectorial para la Gestión y Coordinación del Programa de Mejoramiento de la Calidad del Aire y Retiro del Plomo de la Gasolina.
Mediante Resolución Suprema N° 768-98-PCM, se crea el Comité de Gestión de la Iniciativa de Aire Limpio para Lima-Callao, con el objetivo de proponer los mecanismos de coordinación interinstitucional, cambios normativos orientados a la mejora de la calidad del aire de Lima y Callao y plantear acciones para la generación de conciencia.
El Comité esta integrado por:
- Viceministro de Vivienda y Urbanismo – Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
- Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) - Ministerio de Salud;
- Oficina del Medio Ambiente - Ministerio de Vivienda;
- Consejo de Transporte de Lima y Callao – Ministerio de Transporte y Comunicaciones;
- Municipalidad Provincial del Callao;
- Municipalidad Metropolitana de Lima;
- Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas –CONFIEP;
- Consejo Nacional del Ambiente (CONAM);
- Ministerio de la Producción
- Dirección General de Hidrocarburos – Ministerio de Energía y Minas
- Dirección General de Circulación Terrestre del MTC y
- El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI).
Sitio Web relacionado: www.comiteLC.airelimpio.org.pe
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